Los Abuelos deberán pasar un cuota alimentaria a sus nietos

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A partir del 10 de Febrero del 2016, según la Ley 34.499 los abuelos deberán abonar una cuota alimenticia a sus nietos siempre y cuando el menor no supere la edad de 8 años y tenga a uno de sus padres desocupado.
El monto deberá ser igual a la mitad de un salario mínimo vital y móvil. El tramite se realizara en ANSES donde se le habilitara una cuenta al menor.

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